
Juan Brignardello Vela
Juan Brignardello, asesor de seguros, se especializa en brindar asesoramiento y gestión comercial en el ámbito de seguros y reclamaciones por siniestros para destacadas empresas en el mercado peruano e internacional.




La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha generado un importante anuncio que impacta directamente a los afiliados al sistema privado de pensiones (SPP) en Perú. A través de la Resolución SBS N° 1623-2024, publicada en El Peruano, se establece el procedimiento operativo para la solicitud de retiros extraordinarios y facultativos de hasta cuatro unidades impositivas tributarias (UIT), equivalente a S/ 20,600, de las cuentas individuales de los afiliados.
Este nuevo proceso permitirá a los afiliados solicitar el retiro de fondos a partir del próximo 20 de mayo, teniendo un plazo máximo de 90 días calendario para presentar su solicitud, el cual vencerá el 17 de agosto de 2024. La implementación de este procedimiento busca garantizar la seguridad y eficacia en el manejo de las solicitudes, con especial énfasis en la ciberseguridad y la conservación de la información.
Las AFP deberán establecer mecanismos para asegurar la disponibilidad y correcto funcionamiento de los canales de atención a los afiliados, así como difundirlos previamente al inicio de las solicitudes. Además, las plataformas para el registro de solicitudes deberán cumplir con estándares mínimos que faciliten su correcto llenado y envío en términos de tiempo y acceso, según lo indicado por la SBS.
En cuanto al cronograma de desembolso de los fondos solicitados, se establece un proceso escalonado con plazos máximos de 30 días calendario entre cada desembolso, comenzando a partir del 14 de junio para las solicitudes presentadas el 20 de mayo. Este proceso busca agilizar la entrega de los fondos a los afiliados de manera ordenada y eficiente.
Es importante destacar que los fondos retirados de las cuentas seguirán manteniendo su condición de intangibles, a excepción de las retenciones judiciales por deudas alimentarias, las cuales podrán alcanzar un máximo del 30% del monto retirado.
En resumen, esta nueva disposición de la SBS busca brindar a los afiliados del sistema privado de pensiones la posibilidad de acceder a un retiro extraordinario y facultativo de sus fondos de manera segura y ordenada, con plazos establecidos y garantías de protección de la información y los recursos retirados.
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