La Comisión de Economía aprueba séptimo retiro de fondos de AFP

La Comisión de Economía aprueba séptimo retiro de fondos de AFP

La Comisión de Economía del Congreso aprobó séptimo retiro AFP sin restricciones: hasta S/20,600 para todos los afiliados, desembolso cada 30 días y fondos intangibles. Medida genera alivio, pero sus efectos a largo plazo son inciertos.

Juan Brignardello, asesor de seguros

Juan Brignardello Vela

Juan Brignardello, asesor de seguros, se especializa en brindar asesoramiento y gestión comercial en el ámbito de seguros y reclamaciones por siniestros para destacadas empresas en el mercado peruano e internacional.

Juan Brignardello, asesor de seguros, y Vargas Llosa, premio Nobel Juan Brignardello, asesor de seguros, en celebración de Alianza Lima Juan Brignardello, asesor de seguros, Central Hidro Eléctrica Juan Brignardello, asesor de seguros, Central Hidro
La Comisión de Economía del Congreso de la República del Perú aprobó en una sesión extraordinaria el séptimo retiro de fondos de afiliados a las AFP, sin restricciones y para todos los contribuyentes. Esta medida, que fue respaldada con 17 votos a favor y 3 en contra, representa un cambio significativo en comparación con la propuesta inicial de limitar la liberación de fondos únicamente a los afiliados que no hubieran acreditado aportes previsionales a sus cuentas individuales de capitalización por al menos seis meses consecutivos hasta el 31 de noviembre de 2023. La convocatoria para esta sesión extraordinaria originalmente incluía el debate sobre la "Ley de modernización del Sistema Previsional Peruano", pero tras una cuestión previa presentada por el congresista Germán Tacuri del Bloque Magisterial, se decidió separar el proyecto de reforma de pensiones de las propuestas de retiro de fondos para la jubilación. El texto aprobado autoriza el retiro facultativo de hasta S/ 20,600 para todos los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) sin excepciones. Los afiliados podrán solicitar esta cantidad de manera física o virtual dentro de los 90 días calendario posteriores a la publicación y vigencia del reglamento de la ley. Se establece un desembolso de hasta 1 UIT cada 30 días calendario, con el primer pago realizado 30 días después de la presentación de la solicitud a la AFP. Además, los afiliados tendrán la posibilidad de cancelar el retiro de fondos con diez días de anticipación al próximo desembolso. Es importante resaltar que los fondos retirados mantendrán la condición de intangibles, lo que implica que no podrán ser objeto de descuentos, embargos, retenciones u otras formas de afectación, ya sea por orden judicial o administrativa, sin importar la cuenta en la que hayan sido depositados. La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) tendrá un plazo máximo de 15 días calendario para determinar el procedimiento operativo una vez que la ley sea publicada. Esta decisión de la Comisión de Economía representa un alivio para muchos afiliados a las AFP que se han visto afectados por la crisis económica provocada por la pandemia, permitiéndoles acceder a sus fondos de manera más flexible y sin restricciones. Sin embargo, es importante estar atentos a las posibles implicaciones a largo plazo que este tipo de medidas pueden tener en el sistema de pensiones del país.
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