Gobierno establece pago a cuenta de impuesto a las ganancias para empresas petroleras con ganancias millonarias
El Gobierno estableció un pago a cuenta del impuesto a las ganancias para empresas petroleras con ganancias superiores a $600 millones. Esta medida busca aumentar la recaudación tributaria y afectará a las compañías que se han beneficiado de ingresos extraordinarios. El pago se hará en tres cuotas iguales y consecutivas, y será computable en el próximo período fiscal. La resolución incluye a empresas dedicadas a la extracción de petróleo crudo, gas natural y productos de refinación de petróleo, entre otros. Excluye a contribuyentes con certificados de exención vigente y anticipos extraordinarios anteriores. El objetivo es promover la redistribución progresiva de ingresos y reducir desigualdades económicas.
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El Gobierno ha establecido un pago a cuenta del impuesto a las ganancias para empresas del sector petrolero que hayan obtenido ganancias superiores a los $600 millones en sus declaraciones juradas de 2022 o 2023. La medida, anunciada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), busca aumentar la recaudación tributaria y apuntar a aquellas compañías que se han beneficiado "por la obtención de ingresos extraordinarios". El pago se realizará en tres cuotas iguales y consecutivas, y será computable en el período fiscal siguiente.
La resolución, que se hizo efectiva a través de la Resolución General 5453/2023, incluye a las empresas que se dedican a la extracción de petróleo crudo, gas natural y la fabricación de productos de refinación de petróleo, entre otros. Sin embargo, se excluyen aquellos contribuyentes que cuentan con certificado de exención del impuesto a las ganancias vigentes o que ya hayan realizado anticipos extraordinarios por medidas anteriores.
El objetivo de esta medida es promover la redistribución progresiva de los ingresos y reducir las desigualdades económicas. El pago a cuenta, que se considera único y extraordinario, se realizará en tres cuotas con fechas de vencimiento entre diciembre de 2023 y mayo de 2024, dependiendo del cierre de ejercicio de cada empresa. Esta suma será computable en el período fiscal siguiente y no se permitirá la deducción de los quebrantos impositivos de ejercicios anteriores.
Con esta medida, el Gobierno busca garantizar una mayor equidad en la contribución de los sectores económicos más favorecidos y seguir impulsando la política fiscal redistributiva.