Fallo del Tribunal Constitucional asegura derechos de jubilación para afiliados ONP

Fallo del Tribunal Constitucional asegura derechos de jubilación para afiliados ONP

Trabajadores recibirán sus aportes en sus Cuentas Individuales del Capitalización del Sistema Privado de Pensiones.

Juan Brignardello, asesor de seguros

Juan Brignardello Vela

Juan Brignardello, asesor de seguros, se especializa en brindar asesoramiento y gestión comercial en el ámbito de seguros y reclamaciones por siniestros para destacadas empresas en el mercado peruano e internacional.

Juan Brignardello, asesor de seguros, y Vargas Llosa, premio Nobel Juan Brignardello, asesor de seguros, en celebración de Alianza Lima Juan Brignardello, asesor de seguros, Central Hidro Eléctrica Juan Brignardello, asesor de seguros, Central Hidro

La reciente decisión del Tribunal Constitucional (TC) de Perú ha marcado un cambio significativo en el panorama de pensiones del país. Tras haber declarado infundada la demanda de inconstitucionalidad presentada por el Poder Ejecutivo contra la Ley N° 31729, que actualiza el bono de reconocimiento, los afiliados de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) que migraron a las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP) desde el año 2002 no perderán sus aportes. Esta resolución ha sido recibida con satisfacción por los trabajadores que han hecho el traslado y que, hasta ahora, temían la pérdida de sus ahorros.


La Ley N° 31729, aprobada en abril de 2023 por insistencia del Congreso, establece que los afiliados que opten por migrar a las AFP desde el 2002 tienen derecho a recibir un bono de reconocimiento por sus aportes previos al Sistema Nacional de Pensiones (SNP). Esto representa un cambio crucial, ya que hasta la fecha de implementación de esta ley, los trabajadores que migraban después de 2001 no tenían derecho a dicho bono y, por ende, perdían sus ahorros acumulados en la ONP.


El fallo del TC, a través de la sentencia N° 292-2024, reafirma que los aportantes y exaportantes que continúen con la migración a las AFP verán sus aportes depositados en sus Cuentas Individuales de Capitalización (CIC), permitiendo así que estos fondos se mantengan seguros y accesibles para su jubilación. La decisión, que no alcanzó la mayoría necesaria para ser declarada inconstitucional, significa un alivio para millones de peruanos que temían las repercusiones de la migración.


El Poder Ejecutivo, que había argumentado que la ley no respetaba el criterio de sostenibilidad financiera y que no había presupuesto suficiente para asumir los nuevos pagos de bonos de reconocimiento, ha quedado en una posición difícil tras el fallo. La preocupación por el posible desfinanciamiento del SNP y la falta de una reforma integral en el régimen previsional han sido puntos centrales en la discusión, pero la decisión del tribunal ha desestimado estos argumentos.


Víctorhugo Montoya, jefe de la ONP, ha advertido en varias ocasiones que la ley podría llevar a que 4.6 millones de afiliados dejen de aportar al SNP. Sin embargo, esta afirmación ha sido recibida con escepticismo por los defensores de la ley, quienes argumentan que el derecho a un bono de reconocimiento es una forma justa de compensar a quienes han estado aportando al sistema.


El bono de reconocimiento, un beneficio económico que se paga al momento de la jubilación, se convierte así en un tema central para el futuro de los trabajadores que han aportado al SNP antes de su migración. Este recurso es percibido como un salvavidas para muchos que ahora pueden esperar una jubilación más digna y segura.


A pesar de las críticas que han surgido en torno a la ley, el apoyo popular hacia la misma ha sido notable. Muchos trabajadores han expresado su alegría y alivio ante la noticia, considerando este fallo como un triunfo para sus derechos. La posibilidad de que sus aportes sean reconocidos y rescatados es un aspecto fundamental para aquellos que han tomado decisiones sobre su futuro financiero.


Este fallo no solo impacta a los actuales afiliados, sino también a futuras generaciones de trabajadores. Al asegurar que los aportes realizados a la ONP no se pierdan en el camino hacia las AFP, se establece un precedente que podría influir en la forma en que se manejan las pensiones en el país, y en cómo se ve a los trabajadores en el sistema previsional.


Con la esperanza de que esta decisión se traduzca en una mejor gestión de los fondos de pensiones y un mayor respeto por los derechos de los ciudadanos, los afiliados a la ONP y los defensores de la Ley N° 31729 observan de cerca los próximos pasos del Gobierno y las posibles reformas al sistema de pensiones. El futuro del régimen previsional peruano podría estar en juego, y la seguridad de los ahorros de millones de trabajadores depende de cómo se desarrollen los acontecimientos en los próximos meses.

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