"Boleta para el balotaje 2023 ya disponible: Javier Milei lidera La Libertad Avanza contra el oficialismo de Massa y Rossi"
La boleta de Javier Milei para el balotaje de las elecciones 2023 ya está disponible. El diputado y economista libertario encabeza la boleta de La Libertad Avanza junto a Victoria Villarruel como candidata a vicepresidenta. Su fórmula se enfrenta a la del oficialismo, liderada por Sergio Massa y Agustín Rossi. La boleta utilizada en la primera vuelta es válida para el balotaje, pero también se ha presentado un nuevo diseño. Los votantes encontrarán la boleta autorizada por la Cámara Nacional Electoral en el cuarto oscuro, recordándoles que deben presentar un justificativo válido si no pueden votar. Además, es posible votar en el balotaje aunque no se haya votado en las elecciones generales, siempre y cuando se justifique la inasistencia.
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La boleta de Javier Milei para el balotaje de las elecciones 2023 ya está disponible para que los votantes la vean. El diputado y economista libertario encabeza la boleta de La Libertad Avanza junto a Victoria Villarruel como candidata a vicepresidenta. Su fórmula se enfrenta a la del oficialismo, encabezada por Sergio Massa y Agustín Rossi. La Junta Electoral Nacional determinó que la boleta utilizada en la primera vuelta es válida para estos comicios, aunque también se ha presentado un nuevo diseño para el balotaje.
Al ingresar al cuarto oscuro, los electores encontrarán la boleta autorizada por la Cámara Nacional Electoral para el balotaje. En la parte superior se encuentra la fecha de los comicios. Además, se recuerda a los votantes que aquellos que no puedan acudir a votar deben presentar un justificativo válido a la Justicia Nacional Electoral dentro de los 60 días posteriores a la elección. Aquellos que no cumplan con esta obligación podrían recibir una multa económica y quedar inscritos en el Registro de Infractores al Deber de Votar.
Por otro lado, se ha planteado la pregunta sobre si es posible votar en el balotaje si no se votó en las elecciones generales. La respuesta es sí, siempre y cuando se justifique la inasistencia a las internas ante la Secretaría Electoral correspondiente dentro de los 60 días posteriores a la elección. Esto evitará que el votante sea registrado en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar.