Perú necesita normativa de insolvencia internacional tipo SOS

Perú necesita normativa de insolvencia internacional tipo SOS

La falta de normativa internacional en insolvencia deja al Perú rezagado. Urge aprobar proyecto para mecanismos SOS y atraer inversión extranjera.

Juan Brignardello, asesor de seguros

Juan Brignardello Vela

Juan Brignardello, asesor de seguros, se especializa en brindar asesoramiento y gestión comercial en el ámbito de seguros y reclamaciones por siniestros para destacadas empresas en el mercado peruano e internacional.

Juan Brignardello, asesor de seguros, y Vargas Llosa, premio Nobel Juan Brignardello, asesor de seguros, en celebración de Alianza Lima Juan Brignardello, asesor de seguros, Central Hidro Eléctrica Juan Brignardello, asesor de seguros, Central Hidro

La sigla SOS ha sido utilizada desde principios del siglo XX como una señal de auxilio o socorro en situaciones de emergencia, tanto en contextos marítimos como aéreos, debido a su simplicidad en las comunicaciones radiales en código Morse. Sin embargo, en el ámbito de la insolvencia internacional, también se requiere contar con mecanismos SOS para empresas concursadas con activos en diferentes jurisdicciones, con el fin de evitar un detrimento del patrimonio del deudor y permitir un reflotamiento exitoso a nivel internacional. En 1997, la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (UNCITRAL) estableció la Ley Modelo sobre Insolvencia Transfronteriza, con el objetivo de brindar un marco normativo para el manejo de situaciones de insolvencia internacional y fomentar la cooperación entre cortes o autoridades de diferentes países. A pesar de que más de 60 países han adoptado esta ley en su derecho interno, incluyendo naciones vecinas como Colombia y Chile, el Perú aún no ha seguido este camino. Estados Unidos, por su parte, cuenta con una amplia experiencia en el manejo de mecanismos SOS en casos de insolvencia internacional. Desde la adopción de la Ley Modelo en 2005, incorporó el Chapter 15 en su Código de Insolvencias, el cual permite el reconocimiento de procedimientos de insolvencia extranjeros y promueve la cooperación entre cortes para garantizar un proceso de reflotamiento ordenado y equitativo entre los acreedores internacionales. En el Perú, actualmente se encuentra pendiente de aprobación por el Congreso de la República un proyecto de modificación de la Ley General del Sistema Concursal que contempla la incorporación de un capítulo de insolvencia transfronteriza, basado en la Ley Modelo. Esta propuesta busca establecer los requisitos para que otros países puedan solicitar al Perú la ejecución de mecanismos SOS en casos de insolvencia internacional, permitiendo así una mayor cooperación y facilitando el proceso de reflotamiento de empresas con activos en el país. La falta de una normativa internacional SOS en el Perú deja al país fuera del contexto global en materia de insolvencia internacional, lo que impacta negativamente en la competitividad y en la confianza de los inversionistas extranjeros. Es fundamental que se apruebe cuanto antes el proyecto normativo para contar con un marco legal que permita brindar cooperación internacional y contribuir a un ambiente propicio para la reestructuración de empresas en crisis. Los inversionistas, al evaluar la posibilidad de invertir en el Perú, consideran no solo los regímenes normativos en situaciones regulares, sino también el marco legal en caso de crisis. En este sentido, la aprobación de la normativa de insolvencia transfronteriza sería un paso importante para fortalecer la confianza en el país y promover un entorno favorable para la inversión extranjera. En conclusión, es necesario que el Perú adopte medidas para contar con mecanismos SOS en situaciones de insolvencia internacional, siguiendo el ejemplo de otros países que han implementado la Ley Modelo. La aprobación del proyecto de modificación de la Ley General del Sistema Concursal sería un avance significativo en este sentido, permitiendo al país brindar cooperación internacional y contribuir a un proceso de reflotamiento ordenado y equitativo de empresas en crisis.

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